20SISTEMA VENCIDO · LEY 5920
DIAGNÓSTICO · REGULARIZACIÓN · NUEVO SAP

PROTOCOLO DE REGULARIZACIÓN

¿Qué pasa si mi Ley 5920 está vencida?

Un sistema vencido no se resuelve renovando “a ciegas”. Primero hay que determinar qué venció, si el establecimiento cambió y qué vía normativa corresponde hoy.

RESPUESTA DIRECTA

La aprobación dura dos años desde su fecha de aprobación. Si el plazo ya venció, hay que revisar condiciones y uso: si nada cambió y el régimen admite reválida, existe un trámite abreviado; si hubo cambios o el uso exige nueva presentación, corresponde iniciar un nuevo Sistema de Autoprotección.

01Fecha de aprobación
02Condiciones actuales
03Uso del establecimiento
04Vía de regularización
01

CONFIRMAR EL VENCIMIENTO

Buscar la disposición aprobatoria, no la fecha de inicio del trámite

FECHA CLAVE Aprobación

El plazo de dos años comienza desde la fecha de aprobación.

→
+ 2 AÑOS Vencimiento

Ese es el punto desde el cual debe analizarse la regularización.

No usar como referencia:

fecha de presentación, fecha de carga en TAD, fecha de relevamiento o fecha del simulacro. Para la validez de la disposición aprobatoria, la norma toma la fecha de aprobación.

02

DECISIÓN CENTRAL

¿Reválida o nuevo Sistema?

RUTA A

Condiciones sin cambios

Si las condiciones de otorgamiento no se modificaron y el uso no está dentro de los que deben presentar un nuevo Sistema, la normativa contempla la Reválida por Trámite Abreviado.

  • DDJJ Anexo III B.
  • Firma del titular/representante/explotador.
  • Firma del profesional interviniente.
  • Declaración de que el Sistema no sufrió modificaciones.
RUTA B

Condiciones modificadas

Si cambió el establecimiento o el uso pertenece a los casos obligados por ley, corresponde iniciar un nuevo Sistema de Autoprotección.

  • Nuevo relevamiento.
  • Clasificación actual.
  • Planos actualizados.
  • Riesgos, roles y procedimientos revisados.
03

SI YA VENCIÓ

El plazo de la reválida abreviada importa

10
DÍAS HÁBILES ANTERIORES AL VENCIMIENTO

Ventana operativa informada por el GCBA

La página oficial indica que la documentación de la Reválida por Trámite Abreviado debe incorporarse en el expediente dentro de los diez días hábiles anteriores al vencimiento de la disposición aprobatoria.

Si ya pasó esa fecha:

no conviene asumir que alcanza con presentar tarde la DDJJ. Primero debe verificarse el estado del expediente y el procedimiento que corresponde aplicar al caso concreto.

04

AUDITORÍA PREVIA

Qué revisar antes de regularizar

A

Actividad

¿Sigue siendo exactamente la misma?

B

Superficie

¿Hubo ampliaciones, anexos o reducciones?

C

Distribución

¿Cambió la planta, rutas o salidas?

D

Subsuelos

¿Cambió el uso bajo nivel?

E

Ocupación

¿Cambió la cantidad o el tipo de población?

F

Protecciones

¿Se modificaron instalaciones o equipos?

G

Roles

¿Siguen trabajando las mismas personas?

H

Planos

¿Representan el estado actual?

I

Simulacros

¿Se realizaron y documentaron?

05

USOS QUE DEBEN PRESENTAR NUEVAMENTE

Hay casos donde el vencimiento conduce a un nuevo SAP

La Ley 5920, luego de la modificación incorporada por la Ley 6779, enumera usos que deben presentar un nuevo Sistema al vencimiento.

Escuelas / instituciones educativas Depósitos de riesgo Estaciones de servicio Estadios Eventos no masivos Galerías / shopping Garages en edificios Geriátricos / asilos Hogares / residencias Industria Jardines / escuelas infantiles Locales bailables Refugios nocturnos Hospitales / clínicas / centros médicos Locales con sustancias peligrosas

La enumeración oficial es más extensa. Debe revisarse el uso exacto antes de decidir la vía.

06

PLAN DE RECUPERACIÓN

Orden recomendado para regularizar

1Recuperar antecedentes

Disposición, expediente, planos e informes anteriores.

2Relevar nuevamente

Comparar el establecimiento actual con el aprobado.

3Determinar la vía

Reválida posible o nuevo Sistema.

4Actualizar documentación

Planos, roles, riesgos y formularios.

5Presentar

Utilizar el procedimiento vigente que corresponda.

6Reactivar el ciclo

Capacitación, simulacros y vigencia anual.

07

DOCUMENTACIÓN A BUSCAR

Qué ayuda a regularizar más rápido

DISPOSICIÓN

La aprobación anterior y su fecha.

EXPEDIENTE

Número de expediente/TAD.

PLANOS

Los últimos aprobados y los actuales.

SIMULACROS

Informes y fechas de prácticas.

CAPACITACIÓN

Roles y personas entrenadas.

CAMBIOS

Reformas, ampliaciones o modificaciones de uso.

08

ERRORES FRECUENTES

Qué no conviene hacer con un sistema vencido

×

Copiar el expediente anterior sin revisar cambios.

×

Asumir que todo vencido se resuelve con reválida.

×

Ignorar que algunos usos deben presentar nuevamente.

×

Usar planos que ya no representan el lugar.

×

Presentar una DDJJ fuera de plazo sin verificar procedimiento.

×

Regularizar solo “el papel” sin reactivar capacitación y simulacros.

09

FAQ

Preguntas frecuentes

¿Qué hago si mi Ley 5920 ya venció?

Primero confirmá la fecha de aprobación, revisá si hubo cambios y verificá si tu uso admite reválida o debe presentar un nuevo Sistema.

¿La reválida sirve para cualquier establecimiento?

No. Solo aplica a establecimientos cuyas condiciones no cambiaron y que no estén dentro de los usos obligados a presentar un nuevo Sistema.

¿Puedo presentar la DDJJ de reválida después del vencimiento?

La operatoria oficial indica una ventana dentro de los diez días hábiles anteriores al vencimiento. Si ya venció, conviene verificar el procedimiento aplicable antes de presentar documentación.

¿Qué pasa si hice reformas?

Las modificaciones pueden impedir la reválida abreviada y requerir un nuevo Sistema de Autoprotección.

10

FUENTES OFICIALES

Normativa consultada

Última revisión normativa: 30 de septiembre de 2026.

REFERENCIA CENTRAL

Regularizar bien empieza por diagnosticar el estado real, no por copiar el trámite anterior.

En Ley5920SAP esta guía se vincula con vigencia, renovación, reválida, nuevo Sistema, documentación y normativa.

Nota editorial: cuando el sistema ya venció, la disponibilidad efectiva del trámite abreviado debe verificarse contra el estado del expediente y el procedimiento vigente. No conviene asumir que una presentación tardía produce automáticamente una reválida.